BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 04/07/16
Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-33895/14 Caratulado: “Ejecución de Sentencia: Lara Valentín Zenón c/ Sucesión Alfonso Manuel Estrada”, hace saber a la Sra. María Teresa Estrada el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre del 2.014.- Proveyendo el escrito de fs. 19, téngase por cumplimentado con el requerimiento efectuado por el Juzgado a fs. 7 de autos.- Atento lo solicitado y lo dispuesto por el Art. 259, 260 y 261 del C.P.C., trábese embargo en contra de la sucesión de Don Alfonso Manuel Estrada (hoy su heredera declarada Maria Teresa Estrada) sobre el inmueble individualizado como: 1º) Lote 1B-Manzana 53ª-Circunscripción 1-Sección 1-Parcela 1B-Padrón A-7224 Matrícula A-50334, hasta cubrir la suma de Pesos Doscientos Noventa y Ocho Mil Quinientos ($298.500.-) por capital reclamado, con más la suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil ($140.000.-) presupuestadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.- A tal fin líbrese oficio a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia de Jujuy, a sus efectos. Facultándose para su diligenciamiento a la Dra. Karina Daniela Vargas y/o persona que ella misma designe.- Por promovida el presente Incidente de Ejecución de Sentencia de conformidad con lo dispuesto por el Arts. 460, 461, 472 inc. 2º y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago y ejecución en contra de la Sucesión de Don Alfonso Manuel Estrada (hoy su heredera declarada María Teresa Estrada) hasta cubrir la suma de Pesos Doscientos Noventa y Ocho Mil Quinientos ($298.500.-) por capital reclamado, con más la suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil ($140.000.-) presupuestadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio, en el domicilio denunciado. En defecto de pago, cíteselos de remate, para que dentro de los cinco días, para oponer excepciones legítimas si lo tuvieren, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córraseles traslado del pedido de intereses y costas y con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Para el cumplimiento de la presente medida comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con los recaudos y facultades inherentes del caso.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez-Ante Mi: Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- Secretaría Habilitada: Esc. Silvia I. Tabbia.- San Salvador de Jujuy, 08 de marzo del 2.016.-
01/04/06 JUL. LIQ. Nº 120582 $270,00.-