BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 17/04/19
EXPTE. Nº 700-99/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 FEB. 2019.-
VISTO:
La Resolución N° 2385-S-2018, por la que se aprueba el Convenio de Cooperación Internacional de Asistencia, Intercambio y Fortalecimiento Técnico en Materia de Salud, suscripto en fecha 7 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy y el Servicio de Salud de Antofagasta; y
CONSIDERANDO:
Que, se incorpora en autos el convenio de referencia, el que fue suscripto en el marco de la Integración Regional y Cooperación Internacional existente entre la Provincia de Jujuy y la Región de Antofagasta, estableciendo en forma consecuente líneas de asistencia prioritarias para el intercambio y fortalecimiento;
Que, en las cláusulas que conforman el citado instrumento, se establecen de manera específica los derechos y obligaciones a los cuales deben someterse las partes intervinientes;
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud emite dictamen de competencia;
Que, Fiscalía de Estado Tomó Razón de la Resolución N° 2385-3‑2018, indicando qué deberá disponerse la ratificación del convenio y su consecuente remisión a la Legislatura de la Provincia;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Ratificase en todas sus partes el Convenio de Cooperación Internacional de Asistencia, Intercambio y Fortalecimiento Técnico en Materia de Salud, suscripto en fecha 7 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy y el servicio de Salud de Antofagasta. –
ARTICULO 2°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a protocolizar el Convenio que se ratifica por el Artículo 1°.‑
ARTICULO 3°.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 137° de la Constitución Provincial.‑
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría e Comunicación y Gobierno Abierto para difusión y a la Secretaría General de la de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR