BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 17/04/19

DECRETO Nº 8720-S/2019.-

EXPTE. Nº 700-99/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 FEB. 2019.-

VISTO:

La Resolución N° 2385-S-2018, por la que se aprueba el Convenio de Cooperación Internacional de Asistencia, Intercambio y Fortalecimiento Técnico en Materia de Salud, suscripto en fecha 7 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy y el Servicio de Salud de Antofagasta; y

CONSIDERANDO:

Que, se incorpora en autos el convenio de referencia, el que fue suscripto en el marco de la Integración Regional y Cooperación Internacional existente entre la Provincia de Jujuy y la Región de Antofagasta, estableciendo en forma consecuente líneas de asistencia prioritarias para el intercambio y fortalecimiento;

Que, en las cláusulas que conforman el citado instrumento, se establecen de manera específica los derechos y obligaciones a los cuales deben someterse las partes intervinientes;

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud emite dictamen de competencia;

Que, Fiscalía de Estado Tomó Razón de la Resolución N° 2385-3‑2018, indicando qué deberá disponerse la ratificación del convenio y su consecuente remisión a la Legislatura de la Provincia;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ratificase en todas sus partes el Convenio de Cooperación Internacional de Asistencia, Intercambio y Fortalecimiento Técnico en Materia de Salud, suscripto en fecha 7 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy y el servicio de Salud de Antofagasta. –

ARTICULO 2°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a protocolizar el Convenio que se ratifica por el Artículo 1°.‑

ARTICULO 3°.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 137° de la Constitución Provincial.‑

ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría e Comunicación y Gobierno Abierto para difusión y a la Secretaría General de la de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR