BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 17/04/19
EXPTE Nº 200-321-2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 FEB. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Recházase por inadmisible el Reclamo Administrativo Previo en los términos de la Ley N° 5238, interpuesto por el SR. JUAN PONCIANO CRUZ, D.N.I. N° 20.103.635, con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Ariel Meyer por el cual requiere el pago de las prestaciones previstas por la Ley N° 24557 por accidente de trabajo, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33° de la Constitución Provincial.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR