BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 15/04/19

Dra. María Cristina Lakatos, Jueza del Tribunal de familia Sala III Vocalía 7 del C entro Judicial San Pedro, hace saber que en el Expte. Nº D-007307/14 caratulado CUIDADO  PERSONAL DE HJOS  RIOS, MARILDE  ALEJANDRA  c/  ALMENDRAS ROJAS, JULIO CESAR , ha recaído sentencia, cuya parte resolutiva a continuación se transcribe: San Pedro de Jujuy, 29 de diciembre de 2017.-Autos y Visto …Resulta … y Considerando  … Resuelvo: 1.- Hacer lugar a la presente demanda interpuesta por la Sra. Marilde Alejandra Ríos (DNI N °23.267.388) En contra de la Sr. Julio  Cesar  Almendras Rojas (DNI 93.972.195).-II, otorgar el cuidado  personal  unilateral,  del menor Favio Joaquín  Almendras (50.710.895) a su progenitora  la Sra. Marilde  Alejandra  Ríos  (23.267.388).III.-Otorgar  el  beneficio de litigar sin gastos en forma  definitiva  a la actora conforme considerando  (Art. 109 y 111 del Código Procesal Civil de la Provincia de Jujuy).-IV.-Notificar, agregar copias en autos, librar oficio, protocolizar, oportunamente,  archivar., Fdo. Dra. María  Cristina Lakatos – Vocal de Familia- Dra. Jaqueline de los Ángeles  Araez – Secretaria  de Cámara” .- San Pedro de Jujuy, 26  de Febrero  de 2.019 .- I.- Agréguense en autos los oficios  diligenciados que  acompaña la Dra. Cristina del Carmen Zaman y ténganse presente.-II.- Atento lo manifestado por la parte actora según acta de fs. 67 lo peticionado  a  fs. 76, notifíquese  al accionado la sentencia recaída en autos mediante edictos, los que deberán publicarse en el boletín oficial y en un diario  local, tres (3) veces en  cinco (5) días.- III.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. María Cristina Lakatos, Vocal Tribunal de Familia, ante mi Fabiola Mariel Tarifa, Prosecretaria de Juzgado.- San Pedro de Jujuy, 26 de Febrero de 2.019.-

 

15/17/22 ABR. LIQ. 17296 $615,00.-