BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 29/03/19
PALMA SOLA, 27 DE MAR. 2.019.-
DECRETO Nº 093/19-SEC.DE GOB.MU.P.S
VISTO:
El Artículo 123 La Constitución Nacional y los artículos 178 y 190, inciso 1º de la Constitución Provincial, el Decreto N° 8840-G/2019, como así también el Código Electoral en sus artículos 28, 29, 54, 55, 56 y 58 y finalmente los Artículos 47, 48, 78, 123, 157 inciso ñ de la Ley 4466; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de Palma Sola cuenta con autonomía plena, de conformidad con las disposiciones de los artículos 178 de la Constitución Provincial y 123 de la Constitución Nacional;
Que, en dicho marco y conforme lo dispone el Art. 190 de la Constitución Provincial y el Artículo 157 inciso Ñ de la Ley 4466, la convocatoria a elecciones para la renovación de las autoridades electivas municipales, es potestad del Intendente Municipal;
Por ello, y en uso de las facultades que le confiere la Ley 4466 Orgánica de Municipios y la Constitución de la Provincia, el Intendente Municipal de Palma Sola.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Convocase a los electores de la Municipalidad de Palma Sola y a los ciudadanos extranjeros inscriptos en el respectivo Padrón Municipal de esta Comuna para el día 09 del mes de junio del año 2.019, a los efectos de proceder a la elección, conforme lo establecido en la Ley 4466, del Intendente Municipal, Tres (3) Concejales Titulares y Tres (3) Concejales Suplentes, por el periodo legal correspondiente a 2.019-2.023.
ARTICULO 2º.- Dispóngase la adhesión al cronograma electoral para las Elecciones Generales Provinciales dispuesto por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy, en virtud de lo establecido por Decreto N° 8840-G/2019 y bajo las mismas autoridades electorales de los comicios y del escrutinio.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Provincial, notifíquese al Tribunal Electoral Permanente de la Provincia de Jujuy, al Poder Ejecutivo de la Provincia y al Concejo Deliberante, con remisión de copia autenticada del presente Decreto.-
Agüero Fernando.-
Intendente.-