BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 29/03/19

Dr. Diego A. Puca – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 – Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº C-088486/17 caratulado: “EJECUTIVO: BARRIOS HECTOR C/ ROJAS DIEGO ALFREDO”, hace saber al SR. ROJAS DIEGO ALFREDO, que se ha dictado el siguiente Proveído Fs. 11:” San Salvador de Jujuy, 21 de Septiembre del 2017.- Téngase por cumplimentado lo ordenado a fs. 8.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado, Sr Rojas Diego Alfredo, mandamiento de pago, ejecución y embargo, en el domicilio denunciado, por la suma de pesos ciento quince mil ($115.000) en concepto de capital reclamando, con mas la de pesos cincuenta y siete mil quinientos ($57.500) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cíteselo de remate para que exponga excepciones legitimas, si las tuviere, en el termino de cinco (5) días, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaria 3, sito en calle Independencia esquina Lamadrid, bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución.- Asimismo intimase al demandado para que en el mismo termino que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetro del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerar notificadas por Ministerio de ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (arts. 52 y 154 del C.P.C).- Al efecto comisionase al oficial de justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer usos de la fuerza publica si fuere necesario.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).-.-Dra. Marisa Rondón Juez Habilitada Dra. Natacha Buliubasich Pro-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) dias.- San Salvador de Jujuy, 21 de Marzo del 2019.-

 

25/27/29 MAR. LIQ. Nº 17074 $ 615,00.-