BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 29/03/19

Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de La Provincia de Jujuy, hace saber a Ismael Javier Mamaní, que en el Expte. Nº C-074636/16, caratulado: “Ejecutivo: Rojas, Teresita Beatriz C/ Mamani, Ismael Javier”, se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2019.- Autos y Vistos:…, y; Considerando:…, Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por TERESITA BEATRIZ ROJAS en contra de ISMAEL JAVIER MAMANI hasta hacerse acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00), con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora (30/09/16) y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Teresita Beatriz Rojas en la suma de pesos seis mil setecientos ochenta ($ 6.780,00), conforme lo dispuesto por el art. 35 de la ley 6112, atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado acaecido; suma, ésta, calculada a la fecha de la presente y la que sólo en caso de mora devengará interés a TASA ACTIVA cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula a las partes; a C.A.P.S.A.P y por edicto.- VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- M.C.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez – Ante Mi Dra. María Eugenia Pedicone-Firma Habilitada.- Publíquese por edicto en el boletín oficial y un diario local, por tres veces en cinco dias.- San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2019.-

 

25/27/29 MAR. LIQ. Nº 17071 $ 615,00.-