BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 15/03/19

DECRETO Nº 8105-S/2018.-

EXPTE. Nº 725-1/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 NOV. 2018.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2018 Ley Nº 6046, conforme se indica a continuación:

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

U. de O.: R6-01-13 HOSPITAL “MAIMARA”

SUPRIMASE:

Categoría                         Nº de cargos

21(c-4)                                        1

Agrup. Técnico

Escalafón Gral.

Ley 3161/74

Total                                           1

CREASE:

Categoría                         Nº de cargos

10 (c-4)                                      1

Agrup. Técnico

Escalafón Gral.

Ley 3161/74

Total                                           1

ARTICULO 2°.- Designase a la Sra. ALICIA SOLEDAD CALA, CUIL N° 27-28310398­-1, en el cargo categoría 10 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74 para cumplir funciones de Técnica Superior en Agente Sanitario y Promotora de la Salud en la planta permanente del Hospital de “Maimará”, a partir del 03 de noviembre de 2.017.‑

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica.-

EJERCICIO 2018

La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: 6-01-13 Hospital “Maimará”.‑

EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):

Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente En Ejercicios Anteriores” correspondiente la Unidad de Organización “L” Deuda Publica, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR