BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/19

El Dr. Esteban Arias Cau Vocal Pte., de Trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. Nº 3, en el EXPTE. Nº C-045653/15, “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: Juana Marta; SOSA y otros c/ José Néstor Gutiérrez y otros”, procede a notificar el presente proveído: San Salvador de Jujuy, 20 de diciembre de 2018 I.-Atento el estado de la causa y lo solicitado, de la demanda ordinaria por Prescripción Adquisitiva incoada, córrase traslado a los Sres. JOSE NESTOR GUTIERREZ, los Herederos de FELIX PONCIANO BALCAZAR Sres. GRISELDA RODRIGUEZ, ROBERTO RODRIGUEZ, ESTHER RODRIGUEZ, MARIA LUISA RODRIGUEZ, GERARDO RODRIGUEZ, TOMAS RODRIGUEZ, NELLY OVIEDO, TELMO DE JESUS FERREYRA y MARIA RAQUEL CABRERAS, en los domicilios denunciados a fs. 527/vlta. y a todos que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P.Civil, Art. 531º del C.P.Civil – Conf. modificación Ley 5486). II.-Publíquense edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. III.-Además deberán exhibirse los edictos en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy correspondiente al inmueble a usucapir y trasmitir mediante radiodifución local durante treinta días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.Civil-modif. Ley 5486). IV.-Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley. V.-Notifíquese por cédula y oficio al Sr. Juez de Paz de Palpalá, según corresponda. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau, Vocal ante mi Dra. Sofía Jerez, Secretaria.- San Salvador de Jujuy 21 de Diciembre de 2018.-

 

08/11/13 MAR. LIQ. Nº 16843 $615,00.-