BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/19
Dra. Marisa E. Rondón, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 – Secretaría N° 5, en el Expte. Nº B-146.965/05, caratulado: “Quiebra Indirecta: Sanchez Di Pietro, Juan Fernando” hace saber por este medio que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 18 de Diciembre de 2018. Autos y Vistos:…-Resulta:…-Considerando:…-Resuelvo: 1.- Declarar la Quiebra del Sr. Juan Fernando Sanchez Di Pietro D.N.I. N° 17.220.728, argentino, divorciado, con último domicilio conocido y denunciado en calle Dr. Vidal Nº 1073 del Barrio Ciudad de Nieva de la ciudad de San Salvador de Jujuy (Art. 63 LCQ). 2.- Disponer que en la quiebra continúe actuando el mismo Síndico que intervino en el concurso preventivo CPN RUBEN ALBERTO DALBES, con domicilio legal en calle Liniers Nº 1745 del Barrio Alto Padilla de esta ciudad de San Salvador de Jujuy (Art. 64 LCQ). 3.- Fijar como fecha de vencimiento del plazo para que los acreedores posteriores a la presentación en concurso, formulen sus pedidos de verificación ante el Síndico el día 20 del mes de Marzo del año 2019 (Art. 88 y 202 LCQ). 4.- Fijar el día 15 del mes de Abril de 2019 a fin de que el Síndico presente los informes individuales de los acreedores que hayan solicitado verificación de crédito. 5.- Mantener la Inhibición General sobre los Bienes del fallido y disponer la Inhabilitación del mismo por el término de un año; a tales efecto, deberán librarse oficios para la anotación de la Quiebra y de la Inhibición dispuesta a los Registros correspondientes (Nacional de la Propiedad Automotor, General de Inmuebles, Público de Comercio, Créditos Prendarios, Marcas y señales), Dirección General Impositiva, Municipalidad de la Capital, Registro Civil, Dirección General de Rentas, y Entidades Bancarias. 6.- Ordenar al fallido y a terceros que entreguen y pongan a disposición del Síndico todos los bienes de aquél. 7.- Prohibir que se hagan pagos al fallido, los que en caso de realizarse, carecerán de eficacia. 8.- Ordenar la interceptación de la correspondencia dirigida al quebrado, las que deberán ser entregas al Síndico. 9.- Intimar al Síndico para que realice de inmediato el inventario al que se refiere el inc. 9 del Art. 88 de la Ley 24.522. 10.- Ordenar al Sr. Juan Fernando Sanchez Di Pietro DNI N° 17.220.728, que se abstenga de abandonar el país sin previa autorización de este Juzgado, en los términos dispuestos por el Art. 103 de la Ley 24.522. Al efecto, ofíciese a la Dirección de Migraciones, Aduana, Gendarmería Nacional, Policía Provincial, Policía Federal y Prefectura Naval. 11.- Ordenar al Síndico proceda a publicar edictos durante cinco días, sin necesidad de previo pago, sin perjuicio de asignar los fondos correspondientes cuando los hubiere, en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación local en los términos dispuestos en el Art. 89 de la Ley de Concursos y Quiebras. 12.- Fijar fecha para la celebración de la audiencia del sorteo del Martillero Publico Judicial que va a intervenir en la realización y enajenación de los bienes, para el día 05 del mes de Febrero del año 2019, a horas 10:00. Al efecto, notifíquese al Colegio de Martilleros. 13.- Notifíquese en Secretaría Martes y jueves o el siguiente hábil en caso de feriados (Art. 26 de la L.C. y 154 del C.P.C.). 14.- Regístrese, agréguese copia en autos y notifíquese por cédula al síndico y al fallido. Fdo.Dra. Marisa E. Rondon – Juez – Ante Mi. Dra. Maria Laura Lopez Pfister – Secretaria.- Publíquense edictos durante cinco días en el boletín Oficial y un diario de amplia circulación local.- San Salvador de Jujuy, 7 de marzo de 2019.-
11/13/15/18/20 MAR. S/C.-