BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/19

DECRETO Nº 8224-S/2018.-

EXPTE Nº 715-767/14.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2018.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por otorgada la licencia gremial sin goce de haberes, a favor de la Sra. Hilda Raquel Soto, CUIL 23-12006038-4, en el cargo categoría 22 (c-4), agrupamiento administrativo, escalafón general, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 21 de julio de 2014 y hasta el 30 de setiembre de 2017.‑

ARTICULO 2°.- Ténganse por cumplidos los servicios prestados por los Sres. Analía Mabel Vázquez Flores, CUIL 27-24612294-1, Bruno Jorge Aldana, CUIL 20-­33003951-6, y Anahí Gissel Elizabeth Ramos, CUIL 27-36710145-3, en los cargos 3 (c-4), agrupamiento administrativo, escalafón general, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, en los períodos comprendidos entre el 1° y el 31 de agosto de 2014, entre el 1° de setiembre de 2014 y el 14 de enero de 2015, y entre el 6 de abril de 2015 y el 30 de setiembre de 2017, respectivamente.‑

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida prevista en el presupuesto vigente  -ejercicio 2018- Ley N° 6046, que a continuación se indica:

EJERCICIOS ANTERIORES (período no consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26”: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR