BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 08/03/19

DECRETO Nº 8342-DEyP/2018.-

EXPTE Nº 2023-39/2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2018.-

VISTO:

El Decreto N° 6.600-DEyP-18 de creación del “Ente de Administración de Zonas Francas; la necesidad de efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la construcción, explotación y administración de la Zona Franca de La Quiaca; y,

CONSIDERANDO:

Que, las disposiciones concordantes de la Ley N° 24.331 de “Zonas Francas”, y el Convenio de Adhesión suscripto entre Nación y la Provincia de Jujuy en fecha 2 de febrero de 2.018 ratificado por Ley Provincial N° 6.065, plasmaron el compromiso de creación, instalación y desarrollo de Zonas Francas, por cuya efectiva materialización, concurrieron los Decretos N° 6.386-G-2.018, Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 704/2018, la Resolución N° 317/2018 del Ministerio de Producción de la Nación aprobando el Reglamento de Funcionamiento y Operación de las Zonas Francas de la Provincia de Jujuy; las Leyes Provinciales N° 6.066 y N° 6.071; y el Decreto Provincial N° 8.173-ISPTyV-2.018.‑

Que por Decreto N° 6.600-DEyP-2.018, entre las misiones y funciones otorgadas al “Ente de Administración de Zonas Francas”, se le concedió la facultad de convocar a través de licitaciones públicas, en este caso, con alcance nacional e internacional, a oferentes para los distintos aspectos que refieran a la concesión de la explotación de las Zonas Francas de Perico y La Quiaca.‑

Que, cumplidos los actos preparatorios, resulta pertinente, procedente, pero además perentorio, autorizar formal y taxativamente al Ente de Administración de Zonas Francas, para el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, para la concesión de la construcción, explotación y administración de la Zona Franca de La Quiaca, facultando al mencionado organismo, para confeccionar pliegos, evaluar técnica y económicamente las propuestas, continuar, adjudicar, aprobar, y culminar el procedimiento licitatorio, con la imposición expresa de cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicaciones, y rendición de cuentas.

Por lo expuesto, en uso de atribuciones propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorizar al Ente de Administración de Zonas Francas a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 1/2018 para la concesión de la construcción, explotación y administración de la Zona Franca de La Quiaca, ubicada en la Provincia de Jujuy, República Argentina, quedando expresamente facultado el mencionado organismo, para confeccionar pliegos, evaluar técnica y económicamente las propuestas, seleccionarlas, continuar, adjudicar, aprobar, y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicaciones, y rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga al Ente de Administración de Zonas Francas, y vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR