BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 08/03/19

El Dr. Jorge Daniel Alsina-Vocal Habilitado- en la Sala II-Vocalía 5 de la Cámara Civil y Comercial en el Expediente N°: C-123088 “Prescripción  Adquisitiva de Inmuebles- ROMERO LORENZA OFELIA, DIAZ MARIA ELENA c/ DIAZ NORMA BEATRIZ” sobre el inmueble ubicado en calle Calilegua N° 656 del Barrio Alto Gorriti de esta ciudad, individualizado como Matricula A-26826, Padrón A-9859, Circunscripción 1, Sección 12, Manzana 3, Parcela 32; procede a notificar del siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 01 de Noviembre de 2018.- I)… II) Previo a correr Traslado de la presente demanda, dese cumplimiento con lo que se dispone a  continuación.- III) Cítese a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y al Estado Provincial en los términos del Art. 534 Inc, 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos.- IV)- Asimismo citase a los colindantes del inmueble, Sres. DOMINGO VILTE, ERASMO GARZON, OFELIA RAMONA GARZON, ALBERTO GARZON, ISABEL MILAGRO GARZON, EDUARDO VISENTE GARZON, SERGIO MARIO GARZON, SUSANA TOMASA RUDEK, MERCEDES YOLANDA RUDEK Y SONIA ALEJANDRA LOPEZ, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir su incomparecencia, no afecta sus derechos.- V) Citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón A-9859, Circunscripción 1, Sección 12, Manzana 3. Parcela 32, dominio Matricula A-26826, ubicado en calle Calilegua N° 656 B° Lujan, Dpto. Dr. Manuel Belgrano. De esta Provincia de Jujuy, de titularidad registral de Norma Beatriz Díaz a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de Quince Días hábiles de notificado, bajo apercibimiento de presumir su incomparecencia, no afecta sus derechos, Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- VI) Asimismo, ordénese la exhibición de los Edictos ordenados precedentemente en la Municipalidad de San Salvador y tramitándose los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C.- VII) Intimase a la parte actora a colocar el Cartel Indicativo con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar  fotografías certificadas del mismo en el plazo de Quince Días.- VIII) Asimismo líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmobiliaria a fin de que proceda a la Anotación de Litis sobre el Inmueble individualizado como Padrón A-9859, Circunscripción 1, Sección 12, Manzana 3, Parcela 32, dominio Matricula A-26826, ubicado en calle Calilegua N° 656 B° Lujan, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, de esta Provincia de Jujuy, dando cumplimiento con los dispuesto en el Art. 1905 del C.C Y C.. IX) Actuando en autos el principio contenido en lo dispuesto en el Art. 50 y 72 del  C.P.C. Impónese la carga de confeccionar las diligencias requeridas a la parte actora, las que deberá presentar ante esta Secretaria para su control y posterior firma.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal. Ante mi Dra. Silvina C. Rodríguez de Álvarez- Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 28 de Diciembre de 2018.-

 

01/06/08 MAR. LIQ. N° 16799 $615,00.-