BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 08/03/19
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPEDIENTE Nº 16 -16654 -2018 -1.-
DECRETO Nº 0280.19.006.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 FEB. 2019.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 7265/2018 sancionada en fecha 15 de noviembre de 2018 y promulgada mediante Decreto Nº 2633.18.006, mediante la que se crea un Régimen Extraordinario Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales para obligaciones no tributarias de competencia del Juzgado de Faltas; y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 4º de la referida norma establece una vigencia de tres (03) meses para el antedicho Régimen de Regularización de Deudas, otorgando la posibilidad de prorrogar la vigencia aludida ut supra por única vez por Decreto del Departamento Ejecutivo;
Que, atento a la cantidad de contribuyentes que adhirieron al Régimen, y la cantidad de personas que se agolpan a diario en las bocas habilitadas para tal fin, es criterio de este Departamento Ejecutivo proceder a prorrogar la vigencia del Régimen Extraordinario Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales hasta el día 29 de marzo del año en curso;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Prorrogase la vigencia del Régimen Extraordinario Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales hasta el día 29 de marzo de 2019, de conformidad a las disposiciones contenidas en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 7265/2018.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Coordinación General de Comunicación para su amplia difusión, Dirección General de Rentas, Juzgado Administrativo de Faltas Municipal y a las distintas Secretarías que conforman el Gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Arq. Raúl E. Jorge.-
Intendente.-
06/08/11 MAR.-