BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 01/03/19

El Dr. Esteban J. Arias Cau, Vocal Habilitado de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº: C-092337/17, Caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: CRUZ ILDA ESTHER c/ AZOPARDO SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES”, se ha dictado la providencia que en su parte pertinente se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 20 de Septiembre de 2018.- 1. Al escrito de fojas 98 punto I: atento el informe actuarial que antecede y a lo solicitado por el Dr. Pedro Hernán Cardozo, dese al accionado Empresa AZOPARDO SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra (Conf. Art. 298 del C.P.C.). No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente providencia por cédula a su domicilio real y las posteriores por Ministerio de Ley (Art. 154 del C.P.C.). 1) Asimismo, con respecto a los Sres. Romina Colque, Héctor Darío Espinoza y Pedro José Siñanez, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fojas 13 segundo párrafo, teniendo por no afectado sus derechos. (Art. 534 CPC) 2) Al punto III: agréguense y téngase por cumplimentado la certificación de las fotografías por escribano Público obrante a fojas 96 y 97. 3) Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau, Vocal Habilitado, Ante mí: Dra. Mariana Drazer, Secretaria”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días (Art. 531, 532 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 19 de Diciembre de 2018.-

 

25/27 FEB. 01 MAR. LIQ. N° 16745-16785 $615,00.-