BOLETÍN OFICIAL Nº 25 – 27/02/19
EXPTE. Nº 200-178/18.-
Agdos. Nº 700-646/17, Nº 733-488/17 y Nº 733-510/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de apoderado legal de la Sra. ALEJA FAUSTINA LLAMPA, D.N.I. N° 11.830.709 en contra de la Resolución N° 1951-S/18 emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 26 de marzo de 2.018, por las razones expuestas en el exordio.‑
ARTICULO 2º.- Dejase constancia que el acto administrativo se emite al sólo efecto de dar cumplimiento al art. 33 de la Constitución Provincial sin que implique la reapertura de instancias fenecidas o caducadas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR