BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 20/02/19

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 -Secretaría N° 6, en el Expte. N° C-028.272/14. Caratulado: “Apremio: CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE SAN SALVADOR DE JUJUY c/ SERVICIOS DIGITALES S.R.L.- Se notifica la presente Resolución: San Salvador de Jujuy, 06 de Diciembre del 2017.- Autos y Vistos: los de este Expte. N° C-028.272/14, caratulado: “Apremio: CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE JUJUY c/SERVICIOS DIGITALES S.R.L.” Resulta…Considerando… Resuelve 1) Mandar llevar adelante le presente ejecución interpuesta por el CENTRO, DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE JUJUY, en contra de SERVICIOS DIGITALES S.R.L. CUIT N° 30-70859368-7 hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Seis Mil Setecientos Setenta y Tres con 04/100 ctvos. ($6.773,04), con más el interés compensatorio correspondiente a la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina (L.A. N° 54 F. 673/678, N° 235), desde la mora 02/07/14 y hasta el efectivo pago con más IVA si correspondiere. 2) Imponer las costas a la parte vencida, art. 102 del C.P.C.- 3) Regular los honorarios profesionales del Dr. Nicolás Gualchi interviniente en autos a favor de CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO, en la suma de Pesos Quinientos Cuarenta y Uno con 84/100 ctvos ($ 541,84), por las labores profesionales desarrollada en autos, según lo dispuesto por el Art. 2, 4, 6, 23 de la Ley N° 1687/46 y Lo dispuesto por el Acordado N° 19 F° 182/184 N° 96 de fecha 24/05/16. Dicho monto devengará los mismos intereses que los dispuestos para el capital, desde igual fecha y hasta su efectivo pago, ello de conformidad a lo dispuesto en la Acordada N° 30/84 dictada por el Superior Tribunal de Justicia, y en la causa registrada en L.A. N° 54, F° 673/678, Nº 235, de fecha 11/05/11, con más I.V.A. si correspondiere.- 4) Intimar al letrado a retirar el documento original, motivo de la presente ejecución, en el término de cinco días de notificado bajo expreso apercibimiento de proceder a glosarlo a los presentes autos. 5) Notificarla presente Resolución por cédula, por edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. 6) Agregar copias en autos, hacer saber, etc.- Fdo: Marisa E. Rondon-Juez; Ante Mi: María Guillermina Sequeiros-Prosecretaria.- Secretaria: Dra. María Guillermina Sequeiros-Secretaria.- Publíquese EDICTOS en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 10 de Abril del 2018.-

 

20/22/25 FEB. LIQ. Nº 16732 $615,00.-