BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 20/02/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO N° 2738.18.006.-    

EXPEDIENTE N° 16-16966-/2018-1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2018.-

VISTO:                                                                      

El Proyecto de Ordenanza N° 7268/2018, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 18/2018, celebrada el día 22 de Noviembre del año 2018, mediante el cual se Prorroga por el término de sesenta (60) días el plazo establecido en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 7150/2018; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el Señor Secretario de Gobierno Municipal, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 7268/2018, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 18/2018, celebrada el día 22 de Noviembre del año 2018, mediante la cual se Prorroga por el término de sesenta (60) días el plazo establecido en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 7150/2018.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Dr. GASTON JOSE MILLON, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese y pase a conocimiento y demás fines a la Sub-Secretaria de Fiscalización y Control, Dirección General de Control Comercial, Coordinación General de Comunicación; como así también a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente