BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 20/02/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO N° 0997.18.006.-    

EXPEDIENTE N° 16-6069-2018-1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAY. 2018.-

VISTO:    

El Proyecto de Ordenanza N° 7150/2018, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 04/2018, celebrada el día 09 de Mayo del año 2018, mediante el cual se dispone la Caducidad de todos los Permisos de Ocupación y Habilitaciones Comerciales que hubiera expedido la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, de todos los establecimientos, y locales ubicados en el espacio comprendido entre las Avenidas Párroco Marshke y General Savio y el inicio de la Avenida Almirante Brown y la Prolongación de la Avenida El Éxodo, ocupado por las vías del Ferrocarril General Belgrano y Vialidad Nacional; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el Señor Secretario de Gobierno Municipal, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme  lo reglamentado en el Artículo 55° Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 7150/2018, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 04/2018, celebrada el día 09 de Mayo del año 2018, mediante la cual se dispone la Caducidad de todos los Permisos de Ocupación y Habilitaciones Comerciales que hubiera expedido la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, de todos los establecimientos, y locales ubicados en el espacio comprendido entre las Avenidas Párroco Marshke y General Savio y el inicio de la Avenida Almirante Brown y la Prolongación de la Avenida El Éxodo, ocupado por las vías del Ferrocarril General Belgrano y Vialidad Nacional.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Dr. GASTON JOSE MILLON, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Control Comercial; Dirección General de Prensa y Comunicación; como así también a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo; remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente