BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 20/02/19

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expte. Nº C-036.743/15, caratulado: “Apremio: CENTRO DE EMPLEADOS DE CONVENIO DE S. S. DE JUJUY c/ SURUGUAY, MARÍA CRISTINA”, se hace saber al demando Sra. Suruguay, María Cristina las siguientes Providencias: “San Salvador de Jujuy, 06 de febrero de 2019.- Proveyendo el escrito de fojas 36: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fojas 12 a la demandada Sra. María Cristina Suruguay, mediante Edictos.- Notifíquese y expídase Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez, ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación”.- Providencia de fojas 12: “San Salvador de Jujuy, 25 de febrero de 2015.- Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los artículos 472, inc. 4°, 478 y correlativos del C.P.C, y la Ley N° 2.501/59, líbrese en contra de la demandada Suruguay, María Cristina,…, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de pesos: tres mil quinientos ochenta y dos con sesenta y seis centavos ($3.582,66.-), en concepto de capital con más la de pesos un mil setenta y cuatro con setenta y nueve centavos ($1.074,79.-) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, …- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de tres días, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaría N° 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.-…-Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilometros, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de la Ley. (Art, 52 del item).-…- Notifíquese y expídase mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante Mi: Esc. Nadia Torfe-Secretaria por Habilitación”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art.162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria N° 14: Dra. Sandra Mónica Torres- Secretaria por habilitación.- San Salvador de Jujuy, 06 de febrero de 2019.-

 

18/20/22 FEB. LIQ. Nº 16704-16734- $615,00.-