BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 07/01/08
DECRETO ACUERDO 7283 – H.-
Exp. N° 500-182/07.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 FEB. 2007.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1° : Modifíquese el adicional por dedicación exclusiva y bloqueo de título previsto en las leyes N° 4135 modif. Por ley 4418, y N° 4413, fijando el mismo en un 120 % (Ciento veinte por ciento) para los agentes comprendidos en la Ley 4135 y modif. y en un 102 % (Ciento dos por ciento) para los encuadrados en la Ley 4413.
ARTICULO 2º: Otórgase a los agentes del Escalafón Profesional comprendidos en las leyes Nº4413, 4135 y modif. 4418 un Adicional por Responsabilidad Profesional – Ley 4413 y 4135 – del 15%, el que se calculará sobre todos los conceptos remunerativos y bonificables del salario de cada categoría de dicho escalafón , no siendo base de cálculo para ningún otro adicional.
ARTICULO 3º:Lo dispuesto en el presente decreto , se aplicará con carácter retroactivo al 1º de enero de 2007.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR