BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 09/01/08
EXP. N° 500-500-2007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2007.-
EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase, a partir del 1° de julio de 2007, a los profesionales de todos los sectores de la Administración Pública, comprendidos en el régimen de las Leyes 4413, y 4135 modif. por ley 4418, un adicional no remunerativo, no bonificable de $ 40 (PESOS CUARENTA) por persona y conforme la escala progresiva que como Anexo integra el presente.
WALTER B. BARRIONUEVO
VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO