BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 13/02/19

DECRETO Nº 7891-ISPTyV/2018.-

EXPTE Nº 200-104-2018.-

Y AGDOS Nº 612-600/15, 612-201/02.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 OCT. 2018.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Recházase por improcedente el Recurso interpuesto, por el Dr. LUIS ALFREDO CANEDI en el carácter de apoderado legal del Sr. JOSÉ ANTONIO BALUT, D.N.I. N° 04.702.325, propietario de la empresa unipersonal “JOSÉ ANTONIO BALUT EMPRESA CONSTRUCTORA”, en contra de la Resolución N° 246-DGA-2018, emitida por la Dirección General de Arquitectura en fecha 19 de febrero de 2018, por las razones expresadas en el exordio. –

ARTÍCULO 2.- El dictado del presente Acto Administrativo no significa reabrir plazos y/o instancias fenecidas, sino que es dictado solo al efecto de dar cumplimiento con la obligación de expedirse que tiene la administración pública, según los normado por el Art. 33 de la Constitución Provincial.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR