BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 11/02/19

Nro. 93. Escritura Número Noventa y Tres. Sección “A”. Protocolización: requerida por los socios de Tecnovisión Sociedad Anónima.- En la Ciudad de Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los Veintitrés días del mes de Mayo del año Dos mil dieciocho, ante mi Escribana Leticia del Valle Abud de Pancic, Titular del Registro Notarial número Sesenta y uno, comparecen: Horacio De Luca, nacido el día Veinticuatro de Marzo del año Mil novecientos sesenta y uno, de 57 años de edad, titular del documento nacional de identidad número 14.443.175, C.U.I.T. número 20-14443175-9, divorciado judicialmente en primeras nupcias de Leila Francisca Patricia Soletta (según surge de Resolución Judicial de fecha Cuatro de Noviembre del año Dos mil nueve, expedida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de San Pedro de Jujuy, Secretaría número Diecisiete, Expediente A-23440/09, protocolizada bajo Acta número 24971, Folio número 71, Tomo número 95 de inscripciones judiciales, conforme consta en marginal de Certificado de Matrimonio que en original tengo a la vista, doy fe), con domicilio real y fiscal en calle Alfonsina Storni número Seiscientos doce, y Celia Cintia Bernal, nacida el día Catorce de Diciembre del año Mil novecientos cincuenta y ocho, de 59 años de edad, titular del documento nacional de identidad número 12.442.448, C.U.I.T. número 27-12442448-3, quien manifiesta ser soltera, con domicilio real y fiscal en calle Alberdi número Seiscientos sesenta y tres. Ambos comparecientes vecinos de esta Comuna, de nacionalidad argentina, mayores de edad, individualizados dentro de los términos del inciso b) del artículo 306 del Código Civil y Comercial de la Nación -Ley número 26994-, doy fe. La Señora Bernal y el Señor De Luca concurren a este acto en el carácter de socios de la firma que gira bajo el nombre de plaza como TECNOVISION SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T. número 30-63963850-9, con domicilio legal y fiscal en avenida San Martín número Quince de la Ciudad de Perico de esta Provincia, a mérito de la siguiente documentación: I).- Contrato Constitutivo instrumentado en escritura pública número Ciento cincuenta y siete, de fecha Diecisiete de Diciembre del año Mil novecientos noventa y dos, autorizada por el Notario Rubén Oscar Sapag e inscripto en el Registro Público de Comercio al Folio número Ochenta y seis, Acta número Ochenta y cuatro del Libro de Sociedades Anónimas, y bajo Asiento número Ochenta y dos, Folios números Mil veinte a mil veintisiete del Legajo I, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas inscripciones de fecha Veintiuno de Julio del año Mil novecientos noventa y tres; y II). Protocolización de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, de fecha Ocho de Mayo del año Dos mil catorce, documentada en Escritura Pública número Ciento sesenta y uno, autorizada por la Escribana Abud de Pancic, registrada con copia en el Registro Público de Comercio de Jujuy el día Ocho de Mayo del año Dos mil dieciocho, bajo Asiento número 7, Folios números 187 a 278, Legajo XXII, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles; ambos instrumentos poseen las facultades suficientes para este otorgamiento, y en originales tengo a la vista, doy fe; manifestando los firmantes que la legitimidad acreditada se encuentra vigente en todos sus términos. Los Requirentes declaran: Que conocen y aceptan el contenido de la Ley número 25326, prestando conformidad a la incorporación de sus datos a los ficheros de esta Notaría y a las remisiones de cumplimiento, las que autorizan;- Que no son pasibles de sentencia o declaración de capacidad restringida, por no encontrarse inmersos en los artículos 44 y 45 del Código Unificado; y Que solicitan mis servicios profesionales a fin de que proceda a la Protocolización de la siguiente documentación: Acta números Treinta y cinco de Asamblea Ordinaria, y Acta número Treinta y seis de Asamblea Extraordinaria, ambas suscriptas el día Veinte de Abril del año Dos mil dieciocho, elevándolas a escritura pública. Acepto el requerimiento y procedo a transcribir en forma íntegra y exacta a su original las Actas de que se trata, documentos del siguiente tenor: “ACTA N° 35 (treinta y cinco). Asamblea Ordinaria. En la Ciudad de Perico Dpto. El Carmen de la Provincia de Jujuy, a los 20 días del mes de Abril del año 2018, siendo las hora 19:00, en la sede de la Sociedad ubicada en Avenida San Martín Nº 15, previa convocatoria realizada a los Señores Socios y haciéndose presente la Sra. Celia Cintia Bernal, argentina, soltera, DNI Nº 12.442.448, con domicilio en calle Alverdi Nº 663 de la ciudad de Perico Dpto. El Carmen, Provincia de Jujuy, el Sr. Horacio De Luca, argentino, divorciado, DNI Nº 14.443.175, con domicilio en calle Alfonsina Storni Nº 612 Loteo Municipal de la localidad de Perico Provincia de Jujuy, y el Sr. Carlos Alberto Bernal, argentino, casado, DNI Nº 10.339.548, con domicilio en calle Estrada 510 B° La Posta de esta ciudad; en el carácter de socios de Tecnovisión Sociedad Anónima, según contrato social formalizado con fecha 17 de diciembre del año 1992, otorgado por instrumento privado certificado por el escribano Rubén Oscar Sapag, titular del Registro Nº 42 a su cargo, de la ciudad de Perico Provincia de Jujuy, inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 21 de julio del año 1993, bajo Acta Nº 84, Folio 86, Libro de Sociedades Anónimas; se reúnen la totalidad de los accionistas de la firma societaria que representan el cien por ciento del capital social, con el fin de tratar la aprobación de los balances contables por los períodos del año 2016 y 2017. Instalada la asamblea se procede a leer el orden el día: 1- Lectura del Acta anterior. 2- Designación de dos socios para la firma. 3- Aprobación de los balances contables por los períodos del año 2016 y 2017. Seguidamente y encontrándose presentes en la reunión la Sra. Celia Cintia Bernal, el Sr. Horacio De Luca, y el Sr. Carlos Alberto Bernal, todos accionistas que representan el 100% del capital social con derecho a voto, se constató que existe, el que existe el quórum necesario para deliberar y decidir. Una vez verificado el quórum, se aprobó por unanimidad el orden del día propuesto.-  1- Se dispuso aprobar el acta anterior. 2- Se designó a los socios accionistas Sres. Celia Cintia Bernal y Carlos Alberto Bernal para la firma del presente. 3- Luego de un amplio debate se aprueba por unanimidad y sin observaciones los estados contables finalizados en fecha 31 de diciembre del año 2016, con todos sus anexos e informes, también se aprueba por unanimidad los estados contables finalizados en fecha 31 de diciembre del año 2017, con todos sus anexos e informes. Siendo hs. 19:45, se da por terminada la reunión de Asamblea Ordinaria”. Al pie del Folio 39 del Libro de Actas de la entidad, hay tres firmas ilegibles con las siguientes aclaratorias: “Horacio De Luca, C. Cintia Bernal, Carlos A. Bernal”. Es copia fiel y literal de su original, el cual tengo a la vista y engloso en copia certificada al Legajo de este Protocolo, doy fe. “ACTA N° 36 (treinta y cinco). Asamblea Extraordinaria. En la Ciudad de Perico Dpto. El Carmen de la Provincia de Jujuy, a los 20 días del mes de Abril del año 2018, siendo las horas 20:00, en la sede de la Sociedad ubicada en Avenida San Martín Nº 15, previa convocatoria realizada a los Señores Socios y haciéndose presente la Sra. Celia Cintia Bernal, argentina, soltera, DNI Nº 12.442.448, con domicilio en calle Alberdi Nº 663 de la ciudad de Perico Dpto. El Carmen de la Provincia de Jujuy, el Sr. Horacio De Luca, argentino, divorciado, DNI Nº 14.443.175, con domicilio en calle Alfonsina Storni Nº 612 Loteo Municipal de la localidad de Perico Provincia de Jujuy, y el Sr. Carlos Alberto Bernal, argentino, casado, DNI Nº 10.339.548, con domicilio en calle Estrada 510 B° La Posta de esta ciudad; en el carácter de socios de Tecnovisión Sociedad Anónima, según contrato social formalizado con fecha 17 de diciembre del año 1992, otorgado por instrumento privado certificado por el escribano Rubén Oscar Sapag, titular del Registro número 42 a su cargo, de la ciudad de Perico Provincia de Jujuy, inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 21 de Julio del año 1993, bajo Acta Nº 84, Folio 86, Libro de Sociedades Anónimas; se reúnen la totalidad de los accionistas de la firma societaria que representan el cien por ciento del capital social, con el fin de tratar los temas relacionados con la prórroga del plazo de duración de Tecnovisión S.A., cambio de domicilio legal, y el aumento del capital social de la sociedad. Instalada la asamblea se procede a leer el orden el día: 1- lectura del acta anterior. 2- Designación de dos socios para la firma. 3- prórroga del Plazo de duración de Tecnovisión S.A. 4- Cambio de domicilio legal. 5- Aumento del capital social. Seguidamente y encontrándose presentes los Sres. Celia Cintia Bernal, Carlos Alberto Bernal y Horacio De Luca, todos accionistas que representan el 100% del capital social con derecho a voto, se constató que existe quórum necesario para deliberar y decidir. Una vez verificado el quórum, se aprobó por unanimidad el orden del día propuesto. 1- Se dispuso aprobar el acta anterior. 2- Se designó a los socios accionistas Sres. Celia Cintia Bernal y Carlos Alberto Bernal para la firma del presente. 3- Toma la palabra el Presidente Sr. Horacio De Luca y manifiesta a la Asamblea de Accionistas, tratar el punto tercero del orden del día, respecto a la prórroga del plazo de duración de Tecnovisión S.A. Refiere que la duración de la sociedad es de veinticinco años conforme lo dispone el artículo tercero del estatuto social, y teniendo en cuenta que su vencimiento se produce el 21 de julio del año 2018, ya que la misma fue inscripta en el Registro Público de Comercio el 21 de julio del año 1993, propone prorrogar el mismo por cincuenta años a contar desde la fecha de su vencimiento, la que se resuelve aprobar por unanimidad, y en consecuencia reformar el artículo Tercero del Estatuto Social, quedando redactado de la siguiente forma: Artículo Tercero: la sociedad tenía una duración original de veinticinco años desde su inscripción, la que se prorroga por cincuenta años. 4- Tratamiento del punto cuarto del orden del día. Tras un intercambio de opiniones sobre los motivos que han impulsado que se realice el cambio del domicilio legal entre los cuales se encuentran la expansión de las actividades comerciales, la mejor atención y comodidad para los abonados, un local apropiado para el emprendimiento de nuevos proyectos; por unanimidad se resuelve fijar el domicilio legal en calle San Martín número quince de la ciudad de Perico, Departamento el Carmen, Provincia de Jujuy, donde tiene su sede de administración y dirección de sus negocios, lo que es declarado bajo Juramento de todos los presentes. Siendo neceria la modificación del artículo segundo del estatuto Social queda redactado de la siguiente manera: artículo Segundo: se fija como domicilio legal y sede administrativa de Tecnovisión Sociedad Anónima en la ciudad de Perico, departamento el Carmen, provincia de Jujuy, en calle San Martín número quince. 5- Tratamiento del punto quinto del orden del día. Toma la palabra el Sr. Horacio De Luca y manifiesta a la Asamblea de accionistas, la necesidad de aumentar el Capital Social por la suma de Pesos quinientos mil. Propuesta que es analizada y aprobada por unanimidad. Elevando el capital social de pesos Quinientos Mil ($500.000) a un millón de Pesos ($ 1.000.000), es decir que el incremento de pesos quinientos mil ($ 500.000) representado por quinientas acciones nominativas, no endosables de pesos un mil cada una valor nominal. Integrándolo entre los socios en dinero en efectivo en la siguiente proporción; el Socio Carlos Alberto Bernal suscribe e integra ciento veinticinco (125) acciones nominativas no endosables de pesos un mil cada una que representan el 25% del capital social; Celia Cintia Bernal suscribe e integra ciento veinticinco (125) acciones nominativas no endosables de pesos un mil cada una que representan el 25% del capital social, y Horacio De Luca suscribe e integra doscientas cincuenta (250) acciones nominativas no endosables de pesos un mil cada una que representan el 50% del capital Social. En virtud del aumento del capital social, los Señores Carlos Alberto Bernal, Celia Cintia Bernal y Horacio De Luca resuelven modificar la primera parte del capítulo Tercero del estatuto social que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción: Capítulo Tercero: “Capital Social. El capital social se fija en la suma de pesos un millón ($ 1.000.000), representado por mil acciones nominativas no endosables de pesos un mil ($ 1000) cada una valor nominal. El capital social puede ser aumentado por decisión de Asamblea Ordinaria de accionistas. La Asamblea de Accionistas que disponga el aumento de capital, podrá delegar en el Directorio la época de la emisión, forma y condiciones de pago. El importe del capital social se verá reflejado en el ejercicio económico a Finalizar el Treinta y uno de diciembre del año 2018 de la firma Tecnovisión Sociedad Anónima, conforme informe previo del Contador Público Nacional Sergio Sebastián Carlos García inscripto N° 1103 del Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia de Jujuy. El capital social es suscripto e integrado en un ciento por ciento en este acto en dinero en efectivo de la siguiente manera: el socio Carlos Alberto Bernal suscribe e integra ciento veinticinco (125) acciones nominativas no endosables de pesos un mil cada una que representan el 25% por ciento del capital social, Celia Cintia Bernal suscribe e integra ciento veinticinco (125) acciones nominativas no endosables de pesos un mil cada una que representan el 25 % del capital social, Horacio De Luca suscribe e integra doscientas cincuenta (250) acciones nominativas no endosables de pesos mil cada una que representan el 50% del capital social”. Asimismo los socios accionistas Carlos Alberto Bernal, Celia Cintia Bernal y Horacio De Luca, expresan que quedan vigentes las demás cláusulas y condiciones del estatuto Social de Tecnovisión Sociedad Anónima en cuanto no fueren modificados por el presente. Siendo 23:35 se da por terminada la Asamblea Extraordinaria. Lo Testado: No Vale”. Al pie del Folio 44 del Libro de Actas de la entidad, hay tres firmas ilegibles con las siguientes aclaratorias: “Horacio De Luca, C. Cintia Bernal, Carlos A. Bernal”. Se deja constancia que se encuentran Testadas las siguientes palabras: “a, contar, desde, la, inscripción, de, la prórroga, en, el, Registro, Público, de, Comercio”, Doy Fe. Es copia fiel y literal de su original, el cual tengo a la vista y engloso en copia certificada al Legajo de Comprobantes de este Protocolo, doy fe. Quedan por lo tanto RELACIONADOS Y PROTOCOLIZADOS en este Registro a mi cargo los documentos transcriptos, y los Requirentes proceden a ratificar su contenido y reconocer como propias sus firmas estampadas como la del Señor Carlos Alberto Bernal, solicitándome que expida Testimonio autorizado de la presente para ser presentado ante las Autoridades que lo requieran por el Asesor Jurídico de la sociedad, solicitud que acepto. Cumplido el objeto de este instrumento público, se da por finalizada esta actuación notarial, doy fe. Previa lectura y ratificación, firman en conformidad los Requirentes por ante mí, Escribana Actuante, que Certifico y Doy Fe.- Firmado: hay dos firmas ilegibles que pertenecen a Celia Cintia BERNAL y a Horacio De Luca, ante mí: Escribana Leticia V. Abud, está mi firma y sello notarial.- Concuerda con su Escritura Matriz, la cual autoricé a los Folios números doscientos cinco a doscientos ocho, en el Protocolo del Registro Notarial número Sesenta y uno, del cual soy Titular, doy fe.- Expido este primer testimonio en cuatro fojas de Actuación Notarial números B-00034693 a B-00034696, para TECNOVISION SOCIEDAD ANONIMA, en el lugar y a la fecha de su otorgamiento.- ESC. LETIXIA DEL VALLE ABUD –TIT. REG. Nº 61 – PERICO – JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 10 de Diciembre de 2018.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

11 FEB. LIQ. Nº 16644-16630 $ 370,00.-