BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 04/02/19
EXPTE Nº 641-079/2004.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 OCT. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Ratifíquese la Resolución N° 39/2007, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito al Sr. CRUZ, ATILIO MANUEL, DNI N°16.554.425, la Parcela Rural Fiscal N° 627 Padrón L-1207 con una superficie de 148 Has. 0444,54 m2, ubicado en el Distrito Carahuasi, Departamento Rinconada, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N° 06491 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 18 de octubre de 2006.-
ARTÍCULO 2°.- Establézcase que los Recursos Naturales, Parques Provinciales y Nacionales que existan o en un futuro se creen en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Artículo 15º primer apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T). Dispóngase que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existan en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación (Artículos 2º, 7º,10°,11°,12°, 13°, 16°, 18°, 146°, 158° y concordantes); Decreto; Nacional N° 456/97, Artículo 15° segundo apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T.).-.
ARTÍCULO 3°.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese dicho acto a los titulares de minas y cateos.-
ARTÍCULO 4°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR