BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 17/02/17

Dra. Silvia Elena Yecora, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en la Causa: EXPTE. N° B-268993/12 caratulado: Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ Juarez Cruz Ramón.- Notificar por este medio, al Sr. Juarez Cruz Ramón D.N.I. 31.831.099, la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 03 de Julio de 2012.- Por presentada la Dra. Di Pasquo, Silvana Lucia, por constituido domicilio legal, por parte, en nombre y representación de la firma CREDINEA S.A. conforme lo acredita con el Poder General que en copia juramentada acompaña a la presente.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del  demandado Juarez Cruz, Ramón, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Un Mil Trescientos Sesenta y Siete C/68/100 ($1.367,68) en concepto de capital, con más la suma de Pesos Seiscientos Ochenta y Tres c/84/100 ($683,84), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría 4, sito en calle Independencia Esq. Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisiónase al Sr. Juez de Paz, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demandado, para que el  mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Firmado Dra. Marisa Rondon de Dupont, Juez Por Habilitación, ante mi: Dra. Beatriz Borja, Secretaria. Publíquese  en  el    Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. (Art. 489 del C.P.C)- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la Última publicación y en su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. San Salvador de Jujuy,  17 de mayo del 2016.-

 

17/20/22 FEB. LIQ. Nº 124849 $360,00.-