BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 17/02/17
EXPTE. Nº 400-3242-16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 OCT. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Créase la DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL GOBIERNO DE DE JUJUY EN CORDOBA, organismo dependiente de la Secretada General de la Gobernación.
ARTÍCULO 2°.- Créase el cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DEL GOBIERNO DE JUJUY EN CÓRDOBA con una remuneración equivalente a la de Director
Provincial,
ARTICULO 3°.- Asignase a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL GOBIERNO DE JUJUY EN CÓRDOBA las misiones y funciones consignadas en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 4°.- Apruébese la Estructura Orgánica de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL GOBIERNO DE JUJUY EN CÓRDOBA, consignada en el Anexo II,’que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a tramitar las habilitaciones de créditos necesarias para el funcionamiento de la DIRECCION PROVINCIAL DEL GOBIERNO DE JUJUY EN CÓRDOBA, a los fines de la implementación de las acciones programadas y el efectivo cumplimiento de sus objetivos.
ARTICULO 6°.- La erogación que demande la cobertura del cargo previsto en el artículo 2° y de los cargos previstos en estructura orgánica que se aprueba por el artículo 4°, se atenderá con las Partidas de Gastos en Personal previstas en las respectivas Unidades de Organización que, en caso de resultar insuficientes, se tomarán fondos de la partida prevista en la jurisdicción “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO: 1-1-1-1-1-20 para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de créditos que resulte necesaria.
ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda y Finanzas.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR