BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/08

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE.  N° 2294 – 2008.-

DECRETO ACUERDO N° 0080.08.009 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 FEB. 2008.-

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

A CARGO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébense en todas sus partes los Convenios de Emergencia Urbana celebrados oportunamente entre la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, representada por el Sr. Presidente del Concejo Deliberante a cargo de la Intendencia, Agr. RODOLFO ORLANDO NIETO – D.N.I. N° 12.006.028, y los Sres. Secretarios de: Gobierno C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR – D.N.I. N° 12.718.657; de Desarrollo Humano, Lic. ADA GALFRÉ – D.N.I. N° 11.921.195; de Obras Públicas, Arq. PEDRO RAMOS – L.E. N° 7.947.068; de Servicios Públicos, Arq. ALDO ALFREDO MONTIEL – D.N.I. N° 13.889.837; y de Planificación y Desarrollo, Lic. GUSTAVO RICARDO MURO – D.N.I. N° 14.089.845, con domicilio legal en Avda. El Exodo N° 215 de esta ciudad y el personal que a continuación se detalla, quienes se desempeñan en diferentes Unidades de Organización dependientes de las mencionadas Secretarías, en el marco de la Emergencia Urbana declarada mediante Decreto Acuerdo N° 0011.08.009, cuya vigencia y monto a percibir se especifica en cada Convenio.-

 

RODOLFO ORLANDO NIETO

Presidente del Concejo Deliberante

a Cargo de la Intendencia de S.S. de Jujuy.-

17 MAR. S/C.-