BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 26/03/08

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE.  N° 16 -13770-2007 -1 . –

DECRETO N° 0143.08.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 FEB. 2008.-

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE A CARGO

DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°. Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4953/2007 (Insistencia),  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 10, celebrada el día 15 de Noviembre del año 2007, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en las Ordenanzas en vigencia, se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA, a favor de la ASOCIACIÓN DE ENFERMERÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, por el inmueble de su propiedad individualizado como Lote 22, Manzana 38, Padrón A-369/000, ubicado en calle Belgrano N° 1178 de la Zona Centro de esta Ciudad, correspondiente al período 2007.-

 

AGR. RODOLFO ORLANDO NIETO

Presidente del Concejo Deliberante a cargo de la Intendencia

Municipalidad de S.S. de Jujuy.-

26 MAR. S/C.-