BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 14/04/08
EXPTE. Nº 0300-201-2007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 MAR. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACIÓN CIVIL ACCIONAR”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de ochenta y siete (87) Artículos, que corre agregado de Fs. 26 a 39 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR