BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/18

Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de Trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalía nº 8 a cargo de la Dra. Liliana E. Chorolque, Secretaria, en el Expte. Nº C-81450/16, caratulado: “Ordinario por cobro de pesos”, hace saber a los herederos del Sr. Daniel Armando Ramón Gaggero, que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 12 de octubre de 2018. 1. Atento lo manifestado por la Dra. Marta Laura Iriarte Duberti a fs. 127 y lo informado por el Juzgado Federal a fs. 101 de autos, líbrense edictos para la notificación de los herederos de Daniel Armando Ramón Gaggero del auto de fs. 81, los que se publicarán en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición de los mismos, en Secretaria de esta Vocalía nº 8. 2. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M.L. Caballero -Pte. De Trámite- Ante mí. Dra. Liliana E. Chorolque -Secretaria-“Transcripción del decreto de fecha 08/03/17: “1. Por presentada la Dra. Marta Laura Iriarte Duberti, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la razón social LIMPIEZA URBANA S. A. – LIMSA a mérito del instrumento de Poder General para Juicios, agregado a fs. 02/03 de autos y por promovida demanda por cobro de pesos, la que tramitará en conformidad a las normas del juicio ordinario oral (art. 294 y ss. del C. P. C.). 2. Confiérese traslado de la demanda instaurada a los accionados, Miguel Ángel Narváez, Daniel Armando Ramón Gaggero y a Silvia Judit Ackerman, en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C. P. C.). 3. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley Todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C. P. C.).-  Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 22 de octubre del 2018.-

 

28 DIC. 02/04 ENE/2019.- LIQ. 16046 $465,00.-