BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 11/04/08
EXPTE. Nº 0300-418-2004.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAR. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor del CENTRO DE RESIDENTES CHILENOS EN JUJUY “LOS LIBERTADORES” Asociación Civil, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Ochenta y Cinco (85) Artículos, que corre agregado de Fs. 08 a 18vta. de autos.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR