BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 21/12/18
Dr. Enrique Rogelio Mateo – Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, de la Provincia de Jujuy – Secretaria Dr. NESTOR DE DIEGO, procede a notificar al Señor JORGE ENRIQUE LUNA, el decreto dictado en el Expte. N.º C-97361/2017 caratulado: DAÑOS Y PERJUICIOS: ALDAPI MARIO JOSE RAMON c/ LUNA JORGE ENRIQUE.: San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre de 2018.- Proveyendo el escrito de fojas 51. Atento el estado de autos, declárese la rebeldía de Jorge Enrique Luna y designase al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C. impónese la carga de confeccionar la notificación del demandado para su posterior control y firma del Tribunal en el término de diez días.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Enrique Mateo -Juez- ante mí: Dr. Néstor de Diego – secretario.- Secretario Dr. Néstor de Diego.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces por el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 29 de Noviembre de 2018.-
17/19/21 DIC. LIQ. Nº 16379 $465,00.-