BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 21/12/18

DECRETO Nº 7997-ISPTyV/2018.-

EXPTE Nº 612-525-2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2018.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promuévase al Sr. Santos Vicente Tintilay, D.N.I. N° 8.302.930, al cargo  Categoría 24, Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Personal Planta Permanente dependiente de la Dirección General de Arquitectura, con retroactividad al 1° de enero 2017, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3 Anexo I del Decreto N° 8865-H/07 reglamentario de la Ley N° 5502/05. –

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en este Decreto se atenderá con la siguiente partida:

Ejercicio 2018

Partida de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuestó General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6046, para la U. de O.: “V3A”- Dirección General de Arquitectura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la  Partida Prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro- denominada: 1-­1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”. –

EJERCICIOS ANTERIORES (Periodo no consolidado)

Se -imputará a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 para “Pago Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, y conforme la disponibilidad de saldó de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Publico a sus  demás efectos.-

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal el control y cumplimento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3° del Decreto N° 8865-H-07, y de lo dispuesto por el Artículo 100 bis de la Ley N° 3161/74 y su modificación por la Ley N° 5748/72, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.-

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR