BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 21/12/18

DECRETO Nº 5829-S/2017.-

EXPTE Nº 729-275/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes, a favor del Lic. Javier Reinaldo Gaspar, CUIL 20-25322018-0, en el cargo categoría A-1 (i-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4413, de la U. de O.: R2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro” de La Quiaca, a partir del 1° de julio de 2016, y por el término de un año, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Lic. Isabel Cristina Tejerina, CUIL 27-17483670-7, en el cargo categoría A-1 (i-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4413, de la U. de O.: R2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro” de La Quiaca, con retroactividad al 1° de agosto de 2016 y mientras dure la licencia de su titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:

EJERCICIO 2017

La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2-02-17 Hospital Dr. Jorge Uro.-

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR