BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 21/04/08

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO  N° 0203.08.007.-

EXPEDIENTE N° 16 – 14466 – 00 – 2.005.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAR. 2008.-

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE

A CARGO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1.- Condónase del pago de la Tasa por Mantenimiento ­de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios que debe tributar la Sra. PAULA CARI, por los períodos 2002 (total) y 2003 (1ra. y 2da. Cuota), como propietaria del inmueble individualizado como Padrón A-51828 ubicado en el Barrio Santa Rita de esta Ciudad debido a la falta de prestación de los aludidos servicios, encuadrándose la presente disposición en los términos que al efecto prevé la Ordenanza N° 1579/93, procediendo al cobro de la misma a partir de la cuota 3ra.del año 2003.-

 

RODOLFO ORLANDO NIETO

PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE

A CARGO DE LA INTENDENCIA

21 ABR. S/C.-