BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 21/04/08
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO N° 0203.08.007.-
EXPEDIENTE N° 16 – 14466 – 00 – 2.005.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAR. 2008.-
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE
A CARGO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1.- Condónase del pago de la Tasa por Mantenimiento de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios que debe tributar la Sra. PAULA CARI, por los períodos 2002 (total) y 2003 (1ra. y 2da. Cuota), como propietaria del inmueble individualizado como Padrón A-51828 ubicado en el Barrio Santa Rita de esta Ciudad debido a la falta de prestación de los aludidos servicios, encuadrándose la presente disposición en los términos que al efecto prevé la Ordenanza N° 1579/93, procediendo al cobro de la misma a partir de la cuota 3ra.del año 2003.-
RODOLFO ORLANDO NIETO
PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE
A CARGO DE LA INTENDENCIA
21 ABR. S/C.-