BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 14/12/18

LEGISLATURA DE JUJUY

“2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6111

ARTÍCULO 1.- Modifícase en los Artículos 3 y 4 de la Ley N° 6088 la expresión: “Artículo 1”, por la de “Artículo 2”.-

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a publicar en forma ordenada la Ley N° 6088, con las aclaraciones de la presente Ley.-

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Diciembre de 2018.‑

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Carlos Alberto Amaya

Vice-Presidente 1º

A/C de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-821/18.-

CORRESP. A LEY Nº 6111.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2018.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Educación y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR