BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 14/12/18

Dra. Marisa Rondon- Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº C-042963/15 caratulado “PREPARA VIA EJECUTIVA TARJETAS NARANJA S.A. C/ YURQUINA JORGE HORACIO”, hace saber al SR YURQUINA JORGE HORACIO, que se ha dictado la siguiente RESOLUCION DE FS. 117/118: “San Salvador de Jujuy, 01 de Noviembre del 2018.- Autos y Vistos: Resulta…Considerando: Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por TARJETA NARANJA S.A., en contra del Sr. Yurquina Jorge Horacio hasta hacerse el acreedor íntegro cobro del capital reclamado o sea la suma de pesos ventidos mil doscientos cincuenta y seis con setenta y siete ($22.256,77) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I -Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), y con más el cincuenta por ciento (50 %) de lo que resulten de los compensatorios en concepto de intereses punitorios y hasta el efectivo pago, con mas I.V.A. si correspondiere.-2) Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese ésta resolución por cédula y las posteriores por Ministerio de la Ley.- 3) Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en la suma de pesos cinco mil ($5000) con más IVA si correspondiere, por la labor desarrollada en autos, conforme Acordadas Nº 21, Fº 5/7 Nº 3, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011).- 4) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.). 5) Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.-6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Dra Marisa Rondon Juez Habilitada-Ante Mi Dra Natacha Buliubasich Prosecretaria.”.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 05 de Noviembre de 2018.-

 

10/12/14 DIC. LIQ. Nº 16194 $465,00.-