BOLETÍN OFICIAL Nº 139 ANEXO – 12/12/18

2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria

CONCEJO  DELIBERANTE

ORDENANZA Nº 1297/2018.

Ref: “CONTROL SOBRE EL INGRESO DE RESIDUOS AL CENTRO DE DISPOSICION FINAL DE CIUDAD PERICO”.Inic. Por los Cjales. María José Pintos, Federico Manente, Expte. Nº 9.290/018.-

VISTO:

Art. 130 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Ciudad Perico.-

CONSIDERANDO:

Que, la crisis ambiental suscitada en el centro de disposición final de residuos de ciudad Perico acentuada durante los primeros meses del año, el inminente agotamiento de su capacidad, y las reiteradas denuncias de vecinos por la quema de basura, tornan necesario que el Gobierno Municipal se aboque a su consideración y defina una estrategia inmediata.

Que, en este caso al tratarse de un basural a cielo abierto y sin control sobre el ingreso de vehículos y personas al mismo, el municipio debe proponerse el ordenamiento y vigilancia del sector, hasta tanto se puedan avanzar con las obras necesarias para su saneamiento.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase la Comisión para el análisis, Estudio y Seguimiento del servicio de Recolección de Residuos y del Centro de Disposición Final de Residuos en la Ciudad de Perico.-

ARTICULO 2º: Para el análisis, estudio y seguimiento del servicio de Recolección de Residuos y del centro de Disposición Final de Residuos en la Ciudad de Perico la responsabilidad recae en la comisión constituida en la Ordenanza Nº 1258 /2018 de la creación del programa “Reciclando Hacemos”

ARTÍCULO 3º: El Ejecutivo Municipal implementara un plan de vigilancia, mantenimiento y monitoreo permanente sobre el Centro de Disposición Final de Residuos.-

ARTICULO 4º: A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior se procederá a Instalar una garita de control en el acceso al basural. La cual estará a cargo de empleados, que serán afectados de la planta de personal activo de la Municipalidad de Ciudad Perico. Para tal fin se someterá a la capacitación correspondiente y necesaria para poder cumplir con la función atribuida.-

ARTICULO 5º: Se abrirá un registro de todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que estén autorizadas a ingresar al Centro de Disposición Final de residuos de Perico. Se abrirá un registro de todas aquellas personas físicas o jurídicas incluyendo Municipios, Comisiones Municipales y otros organismos del estado Provincial y/o Nacional que utilicen como C.D.F. el centro de R.S.U. Perico.-

ARTICULO 6º: Se abrirá un registro de todas aquellas personas que realizan diferentes actividades dentro del Centro de Disposición Final de residuos de perico.

ARTICULO 7º: Los gastos que demande la implementación de la presente serán afrontados con recursos ordinarios y extraordinarios del tesoro municipal.

ARTICULO 8º: Elévese, al Departamento Ejecutivo municipal a sus efectos. Dese a conocer a través de los medios de comunicación. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. Archívese.-

SALA DE SESIONES, 17 DE OCTUBRE DEL 2018.-

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente