BOLETÍN OFICIAL Nº 139 ANEXO – 12/12/18
2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria
CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA Nº 1297/2018.
Ref: “CONTROL SOBRE EL INGRESO DE RESIDUOS AL CENTRO DE DISPOSICION FINAL DE CIUDAD PERICO”.Inic. Por los Cjales. María José Pintos, Federico Manente, Expte. Nº 9.290/018.-
VISTO:
Art. 130 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Ciudad Perico.-
CONSIDERANDO:
Que, la crisis ambiental suscitada en el centro de disposición final de residuos de ciudad Perico acentuada durante los primeros meses del año, el inminente agotamiento de su capacidad, y las reiteradas denuncias de vecinos por la quema de basura, tornan necesario que el Gobierno Municipal se aboque a su consideración y defina una estrategia inmediata.
Que, en este caso al tratarse de un basural a cielo abierto y sin control sobre el ingreso de vehículos y personas al mismo, el municipio debe proponerse el ordenamiento y vigilancia del sector, hasta tanto se puedan avanzar con las obras necesarias para su saneamiento.
Por todo ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase la Comisión para el análisis, Estudio y Seguimiento del servicio de Recolección de Residuos y del Centro de Disposición Final de Residuos en la Ciudad de Perico.-
ARTICULO 2º: Para el análisis, estudio y seguimiento del servicio de Recolección de Residuos y del centro de Disposición Final de Residuos en la Ciudad de Perico la responsabilidad recae en la comisión constituida en la Ordenanza Nº 1258 /2018 de la creación del programa “Reciclando Hacemos”
ARTÍCULO 3º: El Ejecutivo Municipal implementara un plan de vigilancia, mantenimiento y monitoreo permanente sobre el Centro de Disposición Final de Residuos.-
ARTICULO 4º: A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior se procederá a Instalar una garita de control en el acceso al basural. La cual estará a cargo de empleados, que serán afectados de la planta de personal activo de la Municipalidad de Ciudad Perico. Para tal fin se someterá a la capacitación correspondiente y necesaria para poder cumplir con la función atribuida.-
ARTICULO 5º: Se abrirá un registro de todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que estén autorizadas a ingresar al Centro de Disposición Final de residuos de Perico. Se abrirá un registro de todas aquellas personas físicas o jurídicas incluyendo Municipios, Comisiones Municipales y otros organismos del estado Provincial y/o Nacional que utilicen como C.D.F. el centro de R.S.U. Perico.-
ARTICULO 6º: Se abrirá un registro de todas aquellas personas que realizan diferentes actividades dentro del Centro de Disposición Final de residuos de perico.
ARTICULO 7º: Los gastos que demande la implementación de la presente serán afrontados con recursos ordinarios y extraordinarios del tesoro municipal.
ARTICULO 8º: Elévese, al Departamento Ejecutivo municipal a sus efectos. Dese a conocer a través de los medios de comunicación. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. Archívese.-
SALA DE SESIONES, 17 DE OCTUBRE DEL 2018.-
Carlos Néstor Caliva
Presidente