BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 10/12/18

Dra. María Del Huerto Sapag – Juez -Vocal de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial y Presidente de Tramite en el Expte. Nº 112026/18 caratulado: “Prescripción Adquisitiva Elías Alejandra Eugenia, Saiquita José Gerardo c/ Arraya de Alcazar Delina, Alcazar Mirtha Rosario” ordena por este medio notificar los siguiente proveídos: San Salvador de Jujuy 04 de Mayo del año 2018. I.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. II.- Proveyendo al escrito de fs. 26/30: Téngase por presentado a la Dra. Andrea Soledad Mendoza, quien lo hace en nombre y representación de los Sres. Alejandra Eugenia Elías y José Gerardo Saiquita, a mérito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 02/03 de autos, por parte y por constituido domicilio legal. III.- Previo a correr Traslado de la presente demanda a los accionados dese cumplimiento con lo que se dispone a continuación. IV.- Citase a la Municipalidad De La Quiaca y al Estado Provincial en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V.- Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Flia. Torres; Flia. Elías y los Sres. Martha Rosario Alcazar; María Cristina Yurquina y Luis Alberto Torres para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. VI.- Citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón N-4510, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana B, Parcela 24, Matricula N-3272 del Departamento Yavi, de titularidad registral de los Sres. Delina Arraya De Alcazar y Mirtha Rosario Alcazar a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados su derechos pidan participación como demandados, dentro del término de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. VII.- Asimismo ordenase la exhibición de los edictos ordenados precedentemente, en la Municipalidad de la Quiaca y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C. VIII.- Intímese a la parte actora a colocar el Cartel Indicativo con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de quince días. IX…. XI.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag- Juez- Ante mí: Dra. Agustina P. Taglioli- Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy 14 de Mayo del Año 2018. I.- Proveyendo al escrito de fs. 34: Conforme lo peticionado por la Dra. Soledad Andrea Mendoza, aclárese el punto VI de la providencia de fecha 04/05/2018, el que quedará redactado de la siguiente manera: “VI.- Citase…Matricula N-3273…”. II.- Notifíquese por Cédula. Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag- Juez- Ante mí: Dra. Agustina P. Taglioli- Prosecretaria.-Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 24 de Septiembre de 2018.-

 

05/07/10 DIC. LIQ. Nº 15998 $465,00.-