BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 05/12/18
EXPTE Nº 500-662-2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Fijase, a partir del 1° de agosto de 2018, en el marco de la política salarial para el corriente ejercicio, a favor de los trabajadores jornalizados, el monto del jornal diario en los importes que surgen del Anexo que integra el presente.-
ARTICULO 2º.- La erogación que demande lo dispuesto en el presente se atenderá con la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para su implementación.-
ARTICULO 3º.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR