BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 03/12/18
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
EXPTE. N° 1061-X-2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA N° 7265/2018.-
ARTICULO 1°.- CREASE, un Régimen Extraordinario, Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales, para obligaciones no tributarias de competencia del Juzgado de Faltas.-
ARTICULO 2°.- INCLUYASE, en el Régimen establecido en el Artículo anterior, todas las Faltas y Contravenciones Municipales derivadas de Actas Labradas por las siguientes dependencias de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy; las cuales serán consideradas en la presente Ordenanza y se detallan a continuación; Dirección de Tránsito, Higiene Urbana, Control Comercial; Mercados y Ferias; Espacios Públicos y Nocturnidad; Seguridad Alimentaria de Sanciones cometidas hasta el día 30 de Noviembre del corriente año; se encuentren o no en trámite administrativo o judicial a la fecha de la sanción de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3°.- Referente a las Faltas cometidas dentro de la Dirección de Tránsito quedan excluidas del presente Régimen, las Multas por Infracciones de Tránsito que se tramitan a través del SINAI (Sistema Nacional de Administración de Infracciones).
Como así mismo el presente Régimen no resulta aplicable a multas que ya se encuentren con convenios o planes de pago, o bien con pedidos de compensación en trámite. –
ARTICULO 4°.- El plazo que tendrán los contribuyentes para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, será:
- Desde el 01/12/2018 Hasta 28/02/2019 (Por un Plazo de tres (3) meses)
Con carácter excepcional único y prorrogable por única vez por Decreto del Departamento Ejecutivo hasta el 30/04/2019.-
ARTICULO 5°.- Los Contribuyentes que se acojan al presente Régimen, gozaran de los siguientes beneficios:
- Causas en trámites administrativos: quita del 70% del monto mínimo previsto para cada especie de infracción.
- Causas con sentencias en procesos administrativos: quita del 70% del monto mínimo previsto en la misma condonación total de intereses.
- Causas en trámites de apremio judicial: quita del 70% del capital reclamado, honorarios y acrecidas, y condonación total de intereses.-
ARTICULO 6°.- Solo para el caso del Estacionamiento Tarifado, por contravenciones referidas a Tarjetas de Estacionamientos:
Vencidas, adulteradas o ausencia de Tarjeta, se establece el pago de un monto fijo de Pesos Cincuenta ($50), para cada una de ellas durante la vigencia del presente régimen.-
ARTICULO 7°.- El acogimiento a este Régimen implica, respecto de las Faltas Regularizadas, el allanamiento liso y llano a la pretensión fiscal y a la renuncia expresa de toda acción o derecho que pudiere corresponder.-
ARTICULO 8°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-
SALA DE SESIONES, Jueves 15 de Noviembre de 2018.-
Dr. Jorge Lisandro Aguiar
Presidente
Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy