BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 27/07/16
EXPTE. Nº 516-545/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAY. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Apruébese el Plano de Mensura de Fracción y Loteo, sobre el inmueble ubicado en Alto Comedero Departamento Dr. Manuel Belgrano, identificado como Padrón A-73754, circunscripción 5, Sección 2, Parcela 1037, Matricula A-43017, de propiedad de Perovic Pablo Gustavo, Perovic Sergio Adolfo, Perovic Cecilia Leonor, Perovic Federico José, con usufructo de Leonor Noemí Rivas Baigorri de Perovic.-
ARTÍCULO 2º.-La aprobación del presente de los fraccionamiento es al solo efecto de su registración en la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo la completa responsabilidad técnica del profesional actuante.-
ARTÍCULO 3º.-Aceptase la donación de los espacios reservados para el uso público agregado a fs. 46/48, que surgen del plano que por este acto se aprueba según exigencias de la Ley 2903/72, consecuentemente por Escribanía de Gobierno se tramitará mediante Departamento Registro Inmobiliario las inscripciones correspondientes, atento a lo establecido en el Articulo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR