BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 15/02/17

Por la presente se hace saber que el Expte. B-116.156/04 “Ordinario por Prescripción Adquisitiva: Cruz Domingo Condori Rufina c/ Rioja de Apaza Nicolaza se ha dictado la siguiente sentencia “En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de  Jujuy  a los diecisiete días del mes de Mayo del año Dos mil Dieciséis reunidos los Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial Doctores Jorge Daniel Alsina y Enrique Mateo vieron el Expte. B-116.156/04 “Ordinario por Prescripción Adquisitiva: Cruz Domingo Condori Rufina c/ Rioja de Apaza Nicolaza” Por lo expuesto la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la provincia de Jujuy…Resuelve: I.-Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Domingo, Cruz y Rufina Condori, hoy sus herederos Anselma Cruz; Oscar Cruz  y Elsa Cruz en contra de Nicolaza Rioja de Apaza. En consecuencia declarar que por la posesión de veinte años han adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón N-804, Circunscripción I Sección 7 ubicado en Finca Chaupiuno Departamento de Yavi, provincia de Jujuy, según plano de mensura para formación de titulo aprobado por Resolución N° 02247 de la Dirección General de Inmuebles  el 19/07/02 II.-…III.-…IV.- Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la ley N° 5.486.- V.- Firme y ejecutoriada la presente disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de Anselma Cruz; Elsa Cruz y Oscar Cruz a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a la Dirección General de Inmuebles dejándose constancia de que una vez cumplida la inscripción se entregara como titulo a los demandantes. VI.- Notificar.- Fdo. Dres. Jorge Daniel Alsina y Enrique R. Mateo-Vocales ante mi Dra. Rocio Gismano- Prosecretaria.-Aclaratoria de Fs. 401.- San Salvador de Jujuy 02 de Junio de 2.016 Vistos…Considerando Resuelve; i.- Hacer lugar a la aclaratoria deducida por el Porc. Osvaldo J. Cuenca con el patrocinio letrado de la Dra. Susana del Valle Narváez II.- Revocar el punto I de la parte resolutiva de la Sentencia definitiva el que quedará redactada de la siguiente manera  I.- Hacer lugar a la demanda Ordinaria por prescripción adquisitiva promovida por Domingo, Cruz y Rufina Condori, hoy sus herederos Anselma Cruz; Oscar Cruz y Elsa Cruz en contra de Nicolaza Rioja de Apaza. En consecuencia declarar que por la posesión de veinte años han adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón N-804 Circunscripción I Sección 7 Parcela 1.174 ubicado en Finca Chaupiuno Departamento de Yavi, provincia de Jujuy según plano de mensura para formación de título aprobado por Resolución N° 02247 de la Dirección General de Inmuebles el 19/07/02 III.- Notificar…Fdo. Dres. Jorge Daniel Alsina y Enrique R. Mateo Vocales ante mi Dra. Rocio Gismano- Prosecretaria.- San  Salvador de Jujuy, 28 de Diciembre de 2016.-

 

10/13/15 FEB. LIQ. Nº 124802 $ 360,00.-