BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 15/02/17
Martillero Judicial-M.P. Nº 50
Judicial con Base: $244.496.- Un Inmueble Ubicado en Los Nogales-Yala-con Construcción y Ocupado.-
El día 17 del mes de Febrero del año 2.017, a horas 17:00, en calle Ejército del Norte Nº 796 esq. Río de la Plata-Bº Mariano Moreno de esta ciudad, por orden del Dr. Gastón Agustín Galíndez-Vocal y Presidente de Trámite del Tribunal del Trabajo-Sala III- Vocalía 9, en el Expte. Nº B-159.024/2006, caratulado: “Laboral por Cobro de Diferencias de Haberes y otros: Ester Del Valle Gutiérrez c/ Cable Visión Palpalá S.R.L.- Mealla, Ricardo”, Rematare en pública subasta, al mejor postor, dinero de contado, comisión del martillero (5%) a cargo del comprador y con la Base de Pesos Doscientos Cuarenta y Cuatro mil Cuatrocientos Noventa y Seis ($244.496), el inmueble embargado en autos e individualizado como: Circunscripción 2, Sección 3, Parcela II-C, Padrón A-48288, Dominio en Matrícula A-26771-48288, ubicado en Los Nogales-Yala, Departamento Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, de propiedad del Sr. Héctor Ricardo Mealla-D.N.I. Nº 8.202.404.- Tiene las siguientes medidas: 21,69m. Frente N. y 21,71m. Contrafrente S. por 86,83m. Costado E. y 86,65m. Costado O., Superficie según plano: 1.866,71m2.- Sus límites pueden ser consultados en títulos y planos adjuntados en autos.- El mismo se encuentra con construcción y ocupado por el casero y su esposa.- Registra los siguientes gravámenes: Asiento 1: Embargo: por oficio fecha 31-10-2007-Trib. Trabajo-Sala I -Jujuy, Expte. Nº B-176527/07: Cautelar de Aseguramiento de Bienes: Licantica, Dámaso c/ Hostal Rincón de Fuego y Mealla, Ricardo”, registrada: 06-11-2007.- Asiento 2: Embargo Definitivo: por oficio fecha 23-12-2014-Trib. Trabajo-Sala III-Jujuy, Expte. Nº B-159.024/06: Cobro Diferencias de Haberes y otros rubros: Gutiérrez, Ester del Valle c/ Cable Visión S.R.L. y Héctor Ricardo Mealla”, registrada: 28-01-2015.- No posee otras restricciones dominiales según informe agregado a la presente causa.- La subasta se efectuará con todo lo edificado, clavado, plantado, cercado, demás adherido al suelo y libre de gravámenes.- El martillero se encuentra facultado a percibir el 20% del precio de venta en concepto de seña más la comisión de ley, el saldo deberá depositarse una vez que lo requiera el Tribunal a nombre del Juez que interviene en la causa.- Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un diario local por el término de tres veces en cinco días.- Por consultas llamar al 0388-154047128.- San Salvador de Jujuy, 29 de Diciembre de 2016.- Dra. Silvina V. Fascio-Secretaria.-
13/15/17 FEB. LIQ. 124809 $ 245,00.-