BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 28/11/18
Dra. Marisa Rondon- Juez Habilitado Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº C-077770/16 caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: TARJETAS CUYANAS S.A. c/ PIZARRO FEDERICO”, hace saber al SR. PIZARRO FEDERICO, que se ha dictado el siguiente Proveído fs. 68 “San Salvador de Jujuy, 09 de Agosto de 2018.- Atento a las constancias de autos y a lo solicitado por la parte actora en el escrito que antecede téngase por expedita la vía ejecutiva, en consecuencia y teniendo en cuenta lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado, Sr. Pizarro Federico Yamil, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos diez mil cuatrocientos treinta y uno con noventa y nueve ($10.431,99), en concepto de capital, con más la suma de pesos cinco mil doscientos quince con noventa y nueve ($5.215,99) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley; requiriéndosele manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas u otros gravámenes y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Cítesele de Remate para que oponga excepciones legítimas si las tuvieres dentro del término de cinco (5) días, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.- Al efecto comisionase al Sr. Juez de Paz, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario. Asimismo, intimase al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo de las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. (art. 52 y 154 del C.P.C.). Notifíquese (Art. 154 C.P.C.).-Fdo: Dra. Marisa Rondon- Juez Habilitado- Ante mí: Dra. Natacha Buliubasich- Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 09 de Agosto del 2018.-
23/26/28 NOV. LIQ. Nº 15957 $465,00.-