BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 23/11/18

DECRETO Nº 7442-ISPTyV/2018.-

EXPTE. Nº 641-015/2003.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 AGO. 2018.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ratifícase la Resolución 27-IJC-2012 dictada por el Instituto Jujeño de Colonización, y en consecuencia déjase sin efecto la adjudicación del Lote N° 613, con una superficie de 3 Has. 0.000,68 m2 dispuesta por Contrato de Adjudicación de fecha 29/03/1994, aprobado por Decreto 1669-H-94, a nombre del señor NÉSTOR ANTONIO CARRIZO, D.N.I. N° 10.009.524. Consecuentemente, adjudícase a Titulo Gratuito a favor de la Sra. CUEVAS, MARTINA, D.N.I. 17.168.997, la Parcela Rural Fiscal N° 613, Padrón F-4349, con una superficie de 3 Has. 0.000.68 m2 ubicada en el Distrito de Vinalito, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracción y División aprobado bajo el N° 940114 por la entonces Dirección General de Inmuebles, en fecha 21 de julio de 1994.‑

ARTICULO 2°.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Articulo 15, primer apartado, del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.). Asimismo, el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existirán en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación (Artículos 2°, 7º 10º, 11°,12°, 13°, 16°, 18°, 146°, 158° y concordantes); Decreto Nacional N° 456/97, Artículo 15, segundo apartado, del Convenio precedentemente referido.‑

ARTICULO 3°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de la adjudicataria.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR