BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 21/11/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial  Nº 7, Secretaría N° 14, en el Expte. N° C-087832/17, caratulado: “Ejecutivo: SEGOVIA ELVIO WILSON C/ ZALAZAR, DIEGO RAMON”, se hace saber al demandado Sr. DIEGO RAMON ZALAZAR, la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2018.- I- Proveyendo la presentación de fojas 41: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fojas 13 al demandado Sr. DIEGO RAMON SALAZAR, mediante Edictos-Art. 162 del C.P.C.- II- Notifíquese y expídase Edictos.-Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez- Ante mí: Dra. Sandra Torres- Secretaria”.- Providencia de fojas 11: “S.S. de Jujuy,  28 de  Abril  de  2017.-…líbrese en contra del demandado DIEGO RAMON ZALAZAR, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de Pesos: Setenta Mil ($70.000.-), en concepto de capital con más la suma de Pesos: Veintiún Mil ($21.000.-) calculada provisoriamente para acrecidas  y costas del juicio. En defecto de pago, trábese Embargo… cíteselo de Remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual termino que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demandada, para que constituya en el domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley. (Art.52 del ítem).- Notifíquese y expídase Mandamiento.-Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mí: Dra. Sandra Torres- Secretaria”.- Publíquese Edictos en un Diario Local y en un boletín oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación den edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2018.-

 

21/23/26 NOV. LIQ. Nº 16056 $465,00.-