BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 21/11/18
Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-036605/14, caratulado: “CREDINEA S.A c/ NAVARRO ANA MARCELA S/ Ejecutivo” se han dictado los siguientes proveídos: “San Salvador de Jujuy, 25 de setiembre de 2018.- Autos y Vistos:… Considerando:… Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de NAVARRO, ANA MARCELA., D.N.I. 20.178.029, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Seis Mil Novecientos Noventa con Noventa y Dos ctvos. ($6.990,92) aplicando al capital reclamado por la actora, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado:“Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B- 145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora (15/01/13) y hasta el efectivo pago. II.- Difiérase la regulación de honorarios del Dr. Martín Meyer hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada en autos. III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). IV.- Notificar la presente resolución al accionado por edictos y las futuras por Ministerio de la ley.- V.- Firme que se encuentre la misma deberá la parte actora practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia en el término de cinco días, bajo apercibimiento de Ley. VI.- Asimismo, incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa. VII- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón –Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán.- Prosecretaria”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 09 días del mes de Octubre del 2018.-
21/23/26 NOV. LIQ. Nº 15953 $465,00.-