BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 21/11/18
Dra. Marisa Eliana Rondon- Juez Habilitada – Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 2 Secretaria nº 3, en el Expte. C-072826/16 caratulado “ EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ TAPIA BEATRIZ ZULEMA” hace saber a la SRA. TAPIA BEATRIZ ZULEMA que se ha dictado el siguiente Resolución de Fs. 80: “San Salvador de Jujuy, 05 de octubre del 2018.- Autos y Vistos:….Resulta:…..Considerando:…….Resuelve: I- Por presentada la Dra. Liliana Fidela Nuin, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de la SRA. TAPIA BEATRIZ ZULEMA, a mérito de la designación de fs. 66 de autos.- II.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de la SRA. TAPIA BEATRIZ ZULEMA hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos ocho mil trescientos cuarenta y siete con once centavos ($ 8.347,11) con más los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235) y un 50% de la misma como interés punitorio, desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- III.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.).- IV.- Regular los honorarios del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en la suma de pesos cinco mil ($ 5.000,00) con más IVA si correspondiere, por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada (L.A. Nº 21, Fº 5/7 Nº 3, 26/02/18), los que en caso de mora devengarán un interés igual a la tasa consignada para el capital, a excepción de los punitorios (S.T.J. L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 Nº 570), desde la mora y hasta su efectivo pago de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235 de fecha 11/5/2011).- V.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Notificar por cédulas, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- cb Dra. Natacha Buliubasich Dra. Marisa Rondón Prosecretaria Juez Habilitada Dra. Marisa Eliana Rondon – Juez Habilitada- Ante Mi Dra. Natacha Buliubasich – Prosecretaria – Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) dias.- San Salvador de Jujuy, 05 de Octubre del 2018.-
14/16/21 NOV. LIQ. Nº 15948 $ 465,00.-